Estos son los trabajadores que tendrán que pagar impuestos por el aguinaldo 2023

Se acerca la temporada donde los trabajadores se ponen más felices y es que estamos a finales de año y en el mes de diciembre se entrega el aguinaldo correspondiente a este año, este “pago” es una prestación laboral que está en la Ley Federal del Trabajo (LFT) y que tiene el objetivo de ayudar a los trabajadores a solventar los fastos de la temporada decembrinas.

Los trabajadores del sector privado por ley deben recibir el pago del aguinaldo cada año antes del 20 de diciembre y si te preguntabas si se tenía que pagar el Impuesto Sobre la Renta (ISR) la respuesta es sí, pero bajo algunas condiciones.

Las personas que sí tendrán que pagar el ISR serán aquellos que excedan el equivalente a 30 días de salario mínimo, es decir, si recibes más de 5,255 mensuales o si trabajas en la zona fronteriza y recibes 7,914 pesos al mes sí lo deberás pagar. Las personas que no tendrán que pagar este impuesto al al Servicio de Administración Tributaria (SAT) serán aquellos que reciban un aguinaldo mayor a mayor a 3,112 pesos.

¿Cuánto aguinaldo me toca?

Según la LFT el aguinaldo no puede ser menor a 15 días de salario, pero cuando una persona trabajó menos de un año en una empresa debe recibir una parte proporcional.

Sin embargo, para todos aquellos trabajadores que han tenido un año completo de servicio o más, la forma de calcular la prestación es tomando como base el salario mensual.

Pongamos un ejemplo, imagina que recibes al mes el salario mínimo de 10,510, lo que debes hacer con esa cantidad es dividirla entre 30 para saber cuánto ganas al día, para este caso sería un salario de 350 pesos diarios.

Ahora esa cantidad (la suma que ganas al día) los 350 pesos multiplícala por 15 días, que es el mínimo, aunque la suma puede aumentar, la cifra total es de 5,250, esta cantidad es tu aguinaldo.

¿Qué hago si no me dan aguinaldo?

Antes que nada, debes de saber que el aguinaldo es un derecho que tienen todos los trabajadores y es una prestación que está escrita en la LFT, concretamente en el Artículo 87, donde establece que todos los trabajadores de una empresa deben recibir aguinaldo.

En caso de que tu patón no te de aguinaldo puedes acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) quien tiene la obligación de brindar asesoría legal, gratuita y personalizada.

La Profedet pondrá una demanda ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje o en su caso a la Procuraduría (local) de la Defensa del Trabajo, quien interpondrá una demanda y el proceso puede ser largo, pero es tu derecho y al final tendrás tu aguinaldo. La denuncia la puedes hacer hasta con un año de que haya ocurrido el hecho.

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