Conoce el procedimiento de inmovilización de depósitos de cuentas bancarias a causa de adeudos fiscales

Motivos por los cuales el SAT inmoviliza depósitos bancarios a causa de adeudos fiscales

  1. Tienes adeudos fiscales y que en su momento no interpusiste un medio de defensa o bien, la resolución definitiva fue a favor del SAT, en consecuencia, la autoridad  ejerce el cobro y solicita directamente a las instituciones de banca múltiple la inmovilización y transferencia de los recursos que localice a tu nombre, hasta por el monto de tus adeudos fiscales actualizados y sus accesorios (recargos, multas y gastos de ejecución).
  2. Tienes adeudos fiscales sujetos a algún medio de defensa y existe la obligación de garantizarlos, y no has  ofrecido alguna garantía, en consecuencia, la autoridad le ordena a las instituciones de banca múltiple la inmovilización de depósitos suficientes para garantizar hasta por el monto de tus adeudos fiscales actualizados y sus accesorios (recargos, multas y gastos de ejecución).
Tienes la opción de solicitar que no se inmovilicen tus depósitos bancarios y ofrecer, a cambio, algún otro tipo de garantía, como son:
  • Depósito en dinero o carta de crédito emitida por institución bancaria autorizada.
  • Prenda o hipoteca.
  • Fianza otorgada por institución autorizada.
  • Obligación solidaria asumida por tercero que compruebe su idoneidad y solvencia.
  • Embargo en la vía administrativa.
  • Títulos valor o cartera de créditos del propio contribuyente.
El SAT te notifica éste acto vía buzón tributario o personalmente, siempre y cuando, ésta autoridad fiscal tenga registro de tu correo electrónico o te encuentres localizable en tu domicilio fiscal, de lo contrario la notificación se realiza por estrados.

¿Cómo puedo saber, por qué el SAT inmovilizó mis cuentas bancarias?

Acude a las oficinas del SAT más cercanas a tu domicilio fiscal, para que te informen si la causa de la inmovilización es porque tienes a cargo adeudos fiscales pendientes de pago o que no has garantizado.

¿En qué casos el SAT te puede inmovilizar tus cuentas bancarias?

La inmovilización se realiza cuando tienes adeudos fiscales notificados que no has pagado, o bien:
  • Que no interpusiste un medio de defensa.
  • Que el medio de defensa interpuesto ha concluido a favor del SAT.
  • Que el adeudo fiscal no está garantizado o está garantizado de forma insuficiente.
La inmovilización se realiza hasta por el monto de tus adeudos fiscales actualizados y sus accesorios (recargos, multas y gastos de ejecución).

¿Cómo puedo evitar que el SAT inmovilice mis cuentas bancarias?

Paga los adeudos fiscales que te notifiquen, o en el caso de que interpongas un medio de defensa, garantízalos de forma suficiente.

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