Así funciona la nueva herramienta del SAT para los pagos del IVA

Así funciona la nueva herramienta del SAT para los pagos del IVA

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) anunció a través de sus plataformas digitales el lanzamiento de una nueva herramienta para presentar los pagos definitivos del Impuesto al Valor Agregado (IVA), misma que está disponible para todos los contribuyentes a partir del 1 de febrero 2024, y que está especializada en las personas morales que tributan bajo el Régimen General. A continuación, te explicamos cómo funciona.

De acuerdo con el SAT la nueva herramienta disponible a partir del 1 de febrero 2024 está pensada para las personas morales del Régimen General con la finalidad de que puedan presentar los pagos definitivos del IVA con lo que el fisco mexicano refrenda su compromiso para seguir implementando mejoras y acciones para que los contribuyentes puedan cumplir en tiempo y forma con sus obligaciones fiscales.

Como se lee en el comunicado emitido por el SAT el día 15 de febrero 2024, la nueva herramienta para las personas morales del Régimen General que quieran presentar los pagos definitivos del IVA incluye mejoras importantes para que los contribuyentes puedan cumplir en tiempo y forma con sus obligaciones fiscales. Aquí te enlistamos las novedades:

  1. Se rediseñó el formulario para que los contribuyentes puedan identificar de manera más fácil los conceptos que conforman la declaración.
  2. Se consolidan en una única herramienta todas las obligaciones fiscales de los contribuyentes del Régimen General.
  3. La nueva herramienta facilita el cumplimiento a través de la precarga de la información de los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) emitidos y recibidos de tipo «ingreso» y «pago», con la opción de modificación y respetando en todo momento el derecho de la autodeterminación de los contribuyentes.

¿Qué son los pagos definitivos de IVA?

De acuerdo con el SAT, los pagos definitivos del IVA son una declaración que se hace de manera mensual para informar al fisco mexicano sobre el pago, retención, acreditamiento y traslado de este Impuesto al Valor Agregado. El plazo para presentarla es a más tardar el día 17 del mes siguiente al que corresponda el pago y de conformidad con el artículo 5-D, segundo párrafo de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.

Son sujetos al IVA todas las personas morales que enajenen bienes, otorguen el uso o goce temporal de bienes, importen bienes o servicios o presten servicios independientes. En caso de que quieras conocer de qué trata y cómo funciona la nueva herramienta de pagos definitivos del IVA implementada por el SAT, da clic AQUÍ para conocerla.

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