El pasado 8 de septiembre de 2021 la Secretaría de Hacienda presentó ante la Cámara de Diputados la propuesta de reforma fiscal 2022 o también conocida como miscelánea fiscal 2022. En este artículo te compartimos Algunas de las principales modificaciones y cambios que debes conocer para el inicio de año.
1.-Nuevo régimen simplificado de confianza.
Entre los cambios más sobresalientes de la reforma fiscal 2022 son crear un régimen fiscal denominado Régimen de confianza y con ello eliminar el tratamiento específico de las personas físicas del régimen de actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas o pesqueras, toda vez que deberán pagar el ISR en los términos del nuevo esquema de tributación, las personas físicas, de honorarios, actividades empresariales y arrendamiento de bienes con ingresos hasta de 3500000 MXN$.
2.-Jóvenes de 18 años en adelante deberán darse de alta en el RFC
Todas las personas mayores de 18 años deberán inscribirse en el RFC la opinión de cumplimiento incluirá las obligaciones en materia de Seguridad Social, se podrán efectuar visitas domiciliarias a fiduciarias. Y Fideicomitentes y fideicomisarios, la autoridad fiscal podrá, en ejercicio de sus facultades de comprobación, determinar que un acto jurídico es simulador para efectos fiscales. Incluso lo podrá presumir. Además, se incorporan nuevas disposiciones en materia de operaciones con partes relacionadas a la vez de nuevos supuestos para que no se considere la fusión de sociedades, una enajenación, y se adicionan nuevos supuestos de cancelación y suspensión. De sellos digitales, mismos que podrás encontrar en nuestra página www.facturamelo.com
3.-Algunos productos de higiene no pagarán impuestos.
Las Personas Morales con él se dejarán de realizar las declaraciones provisionales mediante el uso del coeficiente de utilidad que los productos higiénicos de gestión menstrual estén sujetos en el IVA a la tasa de 0%. Se establece como nuevo supuesto de restricción de los CSD a los contribuyentes que tributen en el nuevo régimen de confianza cuando se detecte la omisión de 3 o más pagos mensuales consecutivos o no, del impuesto de la declaración anual, las autoridades fiscales podrán como resultado del ejercicio de sus facultades de comprobación determinar la simulación de los actos jurídicos exclusivamente para efectos fiscales. Las anteriores son tan solo unos de los múltiples ajustes que se planea se hagan a las disposiciones fiscales.
4.- Personas físicas y Morales con ingresos que rebasen los 35 Millones.
Tanto para personas Morales como físicas. Las personas Morales con ingresos hasta de 35 millones podrán pagar con base en ingresos y gastos efectivamente cobrados y pagados, en el caso de personas físicas podrán pagar con tasas que van desde el 1% cuando sus ingresos anuales no rebasen de 300000 MXN$. Y hasta como máximo, 2.5% con. 3.5 millones de. El eje de este régimen es el cfdi, como consecuencia de este nuevo régimen se derogan el régimen de actividades agrícola, ganadero, silvícola y pesquero para personas físicas, el régimen de incorporación fiscal y el de opción de acumulación de personas Morales.
5.-Condición de residente en México.
Codigo fiscal de la federación Especificaciones en el concepto de residencia fiscal no se perderá la condición de residente en México cuando se omita acreditar la nueva residencia, tratándose de residentes en un país o territorio con régimen fiscal preferente se negara el certificado de e-firma y de sellos digitales a las personas Morales, cuyos socios o accionistas Que tengan el control efectivo de estas no hubieran solucionado irregularidades en su situación fiscal en los supuestos específicos que señala el Código, podrá aplicarse la compensación universal a favor de un contribuyente cuando opte por corregir su situación fiscal como resultado de una visita domiciliaria o revisión de gabinete.Los supuestos de responsabilidad solidaria en cuanto a la adquisición de negociaciones y se realizan ajustes importantes respecto a la responsabilidad solidaria de representantes.

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