El órgano administrativo contempla algunas excepciones y, por ello, no impone multas en varios casos.
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) señala que las personas que están obligadas a activar su Buzón Tributario están incurriendo en una infracción en caso de no habilitarlo. Dicha multa podría ser de hasta 11 mil 540 pesos. Sin embargo, en algunos casos el órgano administrativo no obliga a cumplir con este proceso, por lo que no se les puede aplicar ningún tipo de multa.
El Artículo 86-C del Código Fiscal de la Federación contempla que las personas que no habiliten el Buzón Tributario, no registren o no mantengan actualizados los medios de contactos solicitados están incurriendo en una infracción. Por su parte, en la sección D se deja en claro que la multa podría ir desde los 3 mil 850 a los 11 mil 540 pesos.
¿Quiénes no están obligados a activar el Buzón Tributario?
De acuerdo con el SAT, todos los inscritos en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) deben habilitar el buzón, a excepción de:
- Personas físicas sin obligaciones fiscales, sin actividad económica y suspendidas. En este caso, habilitar el Buzón Tributario es opcional.
- Personas morales que se encuentren ante el RFC con situación fiscal de suspendidos, tienen la opción de habilitar el Buzón Tributario.
- Personas físicas y morales que se encuentren ante el RFC con situación fiscal de cancelados, están relevados de habilitar el Buzón Tributario.
¿Qué es el Buzón Tributario?
Según el órgano administrativo, este canal de comunicación tiene como objetivo simplificar tanto la notificación como el envío de mensajes a los contribuyentes.
“El Buzón Tributario es un canal de comunicación entre el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y los contribuyentes. Tiene como objetivo simplificar la notificación de actos administrativos y envío de mensajes de interés de manera ágil y segura; así también, a través del Buzón, los contribuyentes presentan promociones, avisos o dan cumplimiento a requerimientos de información que realice el SAT”, explica.
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