Ya fueron aprobados los cambios presentados sobre El anexo 20 de la Resolución Miscelánea Fiscal 2022, dentro de estos mismos cambios se incluye una nueva versión para la emisión de comprobantes Fiscales Digitales por internet o CFDI. El próximo año se espera que entre en vigor el nuevo CFDI 4.0, el cual incluye algunas modificaciones con el anterior CFDI 3.3 sobre todo en la cancelación de complementos de pago. En este artículo te decimos cuales son algunos de los cambios en el CFDI 4.0 para que no te pierdas de ningún detalle:
1.-Modificaciones al Anexo 20.
En esta ocasión será necesario presentar complementos en la emisión de los CFDI, Esto con el objetivo de proporcionar información clara sobre las distintas operaciones y transacciones económicas. Es necesario incluir información específica para cada sector para ayudar a reglar las actividades comerciales.
2.-Ahora se debe incluir la actividad económica del emisor.
En cada emisión de comprobantes de deberá incluir la información correspondiente al servicio, actividad económica, bienes, mercancías o servicios. Esto se menciona en el segundo párrafo a la fracción V del artículo 29-A del Código Fiscal de la Federación.
En caso de que estos datos no coincidan con los registrados en el Registro Federal de Contribuyentes(RFC). La autoridad procederá a actualizar la actividad económica del contribuyente para cumplir con los requisitos debidos en el CFDI.
Las autoridades han detectado ciertos cambios o inconsistencias en el llenado de los CFDI pues algunos negocios están agregando operaciones que no coinciden con las actividades económicas de los contribuyentes y de esta manera podrá tener más control sobre las operaciones.
3.-Desciprciones de Nodos y Atributos.
Se hará un nuevo cambio de la última versión 3.3 el cuál incluye descripciónes de Nodos, además de los siguientes atributos:
-Exportación.
-Factura Adquiriente.
-Domicilio Fiscal Receptor.
-Régimen Fiscal Receptor.
-Objeto de impuesto.
Todo esto de acuerdo con las modificaciones del anexo 20 de la Resolución Miscelánea Fiscal 2022. Se incluyen reglas de validación de la información que ingresamos, se podrá incluír más de un CFDI relacionado con el motivo de la relación de nuevos catálogos los cuales aún no se tiene información clara.
4.-Domicilio Fiscal del receptor del CFDI.
Otro de los cambios que incluye el nuevo CFDI 4.0 según la fracción IV el articulo 29-A del Código Fiscal de la Federación es la inclusión del Nombre, razón social y código postal del contribuyente que ha recibido el comprobante fiscal, estos datos pueden ser incluídos en los comprobantes pero a partír del próximo año serán obligatorios.
Además, el SAT acaba de implementar el servicio de conciliación de quejas por facturación para que las autoridades puedan actuar como conciliadores en caso de que se emitan CFDI denómina sin que exista relación laboral del emisor del comprobante o que emitan CFDI por concepto de ingreso, egreso o pago sin que exista una relación comercial con el emisor.
5.-CFDI para exportación de mercancías.
El primer párrafo del artículo 29 del código fiscal de la federación se reformará para precisar que el exportador tiene la obligación de expedir los CFDI por las actividades que realice, por los ingresos percibidos, o por las retenciones de contribuciones efectuadas. Con esto se otorga certeza jurídica a los exportadores de mercancías que no son objeto de enajenación o cuya enajenación sea a título gratuito.
6.-Recepción de pagos con una nueva versión.
Los recibos de pago también sufrirán modificaciones. Actualmente se tiene la versión 1.0 del complemento de recibos de pago y el SAT propone una nueva evolución hacia la versión 2.0, dónde se puede preveer que las autoridades popondrán que se agregue mas información a la operación, con datos como los impuestos retenidos o trasladados que se desprenden de pagos, objeto de impuestos, entre otros.
7.-La cancelación de facturas tendrán un plazo.
El SAT ha detectado que hay contribuyentes que cancelan sus facturas después de meses o incluso después de años de haber emitido el comprobante, esto impide llevar un control y tener la información actual y suficiente para conocer la situación fiscal del emisor. Esto ha cambiado y se prevee que la cancelación de una factura solamente podrá llevarse a cabo en un lapso menor de siete días. Esto puede cambiar pues actualmente no existe un plazo determinado para la cancelación de los CFDI pero en pocas palabras, ya no se podrán cancelar facturas como se hacía en los años anteriores.
8.-La matriz de errores ha recibido una actualización.
El SAT actualizará la matriz de errores, lo que significa que los proveedores autorizados de Certificación(PAC) tendrán que incluír los cambios en su proceso de timbrado. Esto debido a que se agregarán nuevos datos a los CFDI y aparecerán nuevas reglas de validación por parte del SAT.
9.-Facturas para público en General debe llevar el periodo.
Los comprobantes que amparen operación a público en general o llamados Factura global, tendrán que agregar información adicional como el periodo que cubre dicho comprobante.
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