¿Tienes proveedor en REPSE? debes verificar que su registro siga vigente

¿Tienes proveedor en REPSE? debes verificar que su registro siga vigente

Algunos contribuyentes que recibieron comunicados del SAT indicando que en 2021 y 2022 fueron cancelados los registros del REPSE de sus proveedores

Desde la reforma en materia laboral de 2021, el outsourcing o subcontratación de personal está prohibida. Pero lo que sí se permite es la subcontratación de servicios u obras especializadas distintas al objeto social y la actividad económica preponderante del contratante. La Ley Federal del Trabajo (LFT), en el Artículo 15, establece que las personas físicas o morales que proporcionen servicios especializados o ejecuten obras especializadas deben contar con un registro ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS).

Se trata del Registro de Prestadoras de Servicios Especializados y Obras Especializadas (REPSE).Las personas físicas o morales que presten servicios especializados o ejecuten obras especializadas sin contar con el REPSE pueden ser sancionados por el delito de defraudación fiscal.

Por su parte, las empresas o personas físicas que realicen la contratación de esos servicios no podrán hacer deducibles o acreditables los pagos que hayan realizado por las obras o servicios contratados.

Recomiendan verificar que registros REPSE sigan vigentes

En este contexto, Virginia Ríos Hernández, integrante de la Comisión Técnica de investigación Fiscal del Colegio de Contadores Públicos de México, recomendó a quienes contraten proveedores del REPSE, que verifiquen que el registro siga vigente y que están cumpliendo con sus obligaciones.

Ríos Hernández dijo que sabe de algunos contribuyentes que recibieron comunicados del SAT indicando que en 2021 y 2022 canceló el REPSE de algunos de sus proveedores.

En entrevista con El Contribuyente, la especialista explicó que hay contribuyentes que contratan a un proveedor del REPSE, pero que después las autoridades lo sacan del padrón por incumplir requisitos.

En estos casos, las empresas que contratan servicios u obras especializadas no pueden hacer deducibles o acreditables los pagos que hayan realizado.

Por eso, la integrante del Colegio de Contadores Públicos de México dijo que los contribuyentes que contraten proveedores del REPSE, deben revisar que estén cumpliendo con las obligaciones relacionadas con el padrón de prestadoras de servicios especializados, y deben verificar que su registro siga vigente.

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